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Nuevo Código Penal.

Principales novedades.

El 1 de julio ha entrado en vigor el nuevo Código Penal, que viene a sustituir al texto que fue aprobado en 1995 y que ha sido objeto desde entonces de numerosas reformas parciales.

Estos son las principales novedades:

Cadena perpetua revisable

La prisión permanente revisable se podrá alargar durante toda la vida del recluso, aunque, pasado un periodo de 25 a 35 años, se evaluará si su pronóstico de reinserción es favorable y puede quedar en libertad. Esta pena solo se impondrá en casos excepcionales como terrorismo, asesinatos en serie, de menores 16 años o cometidos por grupos organizados.


Delito de financiación ilegal de partidos políticos

Se castigará con cárcel a los españoles que acepten o entreguen donaciones superiores a los 500.000 euros, o de 100.000 euros si son extranjeros.


Se eleva la edad de consentimiento sexual a los 16

Para mejorar la protección a los menores, sobre todo en la lucha contra la prostitución infantil, la norma determina que realizar actos de carácter sexual con menores de 16 años se considera como un hecho delictivo, salvo que se trate de relaciones consentidas con una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez.


Vídeos íntimos

Compartir vídeos íntimos sin permiso en la red será delito, aunque la grabación se hubiera realizado con el consentimiento de la víctima. En los casos en los que se difundan videos eróticos de una persona contra su voluntad tendrán una pena de cárcel de tres meses a un año.


Maltrato animal

Se agravará el abandono de animales, que llevará aparejado el pago de una multa de uno a seis meses, mientras que se tipifica por primera vez la explotación sexual de animales o el maltrato en peleas de gallos o perros.


Pornografía infantil

Aumentarán las penas para la prostitución de menores o incapaces, mientras que se castigará a quien contacte con un adolescente, menor de 16 años, a través de las nuevas tecnologías para intentar que facilite imágenes pornográficas. Además, se regulará el "hostigamiento" mediante llamadas telefónicas o seguimientos a una persona, que en muchas ocasiones no podía perseguirse como delito de amenazas o coacciones al no haber violencia.


Eliminar los antecedentes penales

Los condenados que hayan cumplido su pena podrán pedir que se eliminen sus antecedentes. Para ello tendrá que transcurrir, sin que vuelvan a delinquir, un plazo de seis meses para las penas leves; de dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes, tres para las restantes penas menos graves inferiores a tres años; cinco para las iguales o superiores a tres años; y diez para las graves.


Matrimonio forzado

Hasta tres años de cárcel le pueden “caer” a quien coaccione a otro a contraer matrimonio. Se trata de evitar la trata de seres humanos.


Piquetes en huelgas

Las penas de cárcel a quienes impidan o limiten el derecho de huelga se reducen a los dos años, por lo que una persona sin antecedentes no deberá obligatoriamente ingresar en prisión.


Robos y hurtos

El límite del hurto permanece en los 400 euros pero se aumenta la persecución de multirreincidentes, butrones, alunizajes o robo de cable de cobre o suministro eléctrico.


Expulsión de europeos

Excepcionalmente, un ciudadano de la Unión Europea podrá ser expulsado de España si representa una amenaza grave para la seguridad pública.


Supresión de faltas

Se elimina el libro dedicado a las faltas, que pasan a ser consideradas delitos leves o sanciones administrativas. A diferencia de muchos delitos, estos ilícitos de escasa gravedad se resuelven ágilmente en juicios de faltas y hasta ahora no han conllevado penas de prisión ni han dejado antecedentes penales, que impidan, por ejemplo, presentarse a una oposición.


Indultos

El Gobierno tendrá que enviar, cada seis meses, al Congreso de los Diputados un informe sobre la concesión y denegación de indultos. Para presentar los datos, un alto cargo del Ministerio de Justicia solicitará su comparecencia ante la Comisión de Justicia de la cámara alta.


Los condenados por terrorismo no podrán ser profesores

El texto incluye una inhabilitación especial para evitar que los expresos de ETA puedan ejercer como profesores.


Delimita la responsabilidad penal de las personas jurídicas

El Código Penal delimita la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

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